
Cada cinco años el Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria (CONAR) revisa y actualiza su código. A partir del 1 de enero comenzó a regir la séptima edición del texto. En esta publicación se hizo especial énfasis en el uso de la IA, la explicitación y la transparencia en su uso entre otras cosas.
El nuevo Código Chileno de Ética Publicitaria y su normativa respecto a la IA
La séptima edición del Código Chileno de Ética Publicitaria, vigente desde enero de 2025, refuerza su compromiso con la transparencia y la ética en un contexto donde las tecnologías emergentes, como la inteligencia artificial (IA), juegan un rol cada vez más relevante. Según lo señalado en el Artículo 34, las comunicaciones generadas con IA deben cumplir con los principios éticos generales, como la veracidad y la responsabilidad. Además, el código establece que la obligación recae en los avisadores, quienes deben asegurarse de que las piezas publicitarias cumplan con los estándares éticos, incluso si utilizan herramientas automatizadas.
Ética y transparencia en el uso de IA
El control humano es considerado indispensable en la creación de mensajes publicitarios generados por IA. Este principio se refleja en la obligación de los avisadores de supervisar los mensajes antes de su difusión. Asimismo, el código enfatiza la importancia de prevenir la perpetuación de sesgos discriminatorios relacionados con género, edad o etnicidad, entre otros. Esto implica que las herramientas de IA deben ser diseñadas y entrenadas para evitar la replicación de estereotipos negativos.
Protección de los consumidores y prevención del engaño
El código también resalta que toda comunicación de marketing debe ser veraz, comprobable y no inducir a error, alineándose con el principio ético de proteger los derechos de los consumidores. Por ejemplo, cualquier pieza generada con IA debe dejar explícito su origen, evitando confusiones que puedan comprometer la confianza del público.

Influencers y avatares digitales
Otro avance significativo de esta edición es la regulación sobre influenciadores y avatares digitales, quienes ahora son definidos como cualquier entidad que realice comunicación comercial en redes sociales, ya sea una persona real o una representación tecnológica. Esta normativa exige que toda publicidad generada por influenciadores sea explícita en indicar si se trata de contenido patrocinado o pagado.
Autorregulación
El enfoque del CONAR se alinea con estándares internacionales, gracias a su pertenencia a la red ICAS y a la Red Latinoamericana de Autorregulación Publicitaria. Esto refuerza a Chile como líder regional en la implementación de un marco ético robusto que promueve una sana competencia, el respeto a los consumidores y la adaptación a los desafíos tecnológicos.
En este contexto de rápidos avances tecnológicos, el nuevo Código no solo regula el uso de la IA en la publicidad, sino que también propone principios que garantizan una práctica responsable. Esta autorregulación se convierte en una guía esencial para que las empresas naveguen el complejo panorama tecnológico sin comprometer los valores éticos.